
RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL FISCAL N° 02398-11-2021
(Publicadas el 02-04-2021)
El viernes fue publicado la Resolución del Tribunal Fiscal No. 02398-11-2021 que constituye jurisprudencia de observancia obligatoria para los contratos de asociación en participación, estableciendo el siguiente criterio: “La participación del asociado, para los efectos del Impuesto a la Renta, califica como dividendo u otra forma de distribución de utilidades. En tal sentido, estará o no gravada con el Impuesto según quien sea el asociado, de la siguiente manera:
- Si el asociado es una persona jurídica domiciliada en el país, dicho ingreso no está gravado con el Impuesto a la Renta.
- Si el asociado es una persona natural o un ente distinto a una persona jurídica domiciliada en el país, dicho ingreso está gravado con el Impuesto a la Renta de segunda categoría”.
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